En nuestro país, las familias realizan grandes esfuerzos económicos para enviar a sus hijos a establecimientos de educación, sean estos municipalizados, subvencionados o particulares, lo cual trae consigo desembolsos significativos en el pago de uniformes, útiles escolares, pasajes y colegiaturas, durante aproximadamente 14 años, sin considerar la educación superior.
Los ingresos de esas familias, principalmente provienen de los sueldos, honorarios u otros ingresos que obtienen los padres y según los datos del SII, del año tributario 2011, el 81% de los contribuyentes de los impuestos personales (impuesto de segunda categoría y global complementario) se encuentran en el tramo exento, es decir, no pagan impuesto, porque reciben un ingreso inferior a $534.000 mensuales. El 19% restante pago un impuesto entre 5% y 40%, dependiendo del tramo de la renta.
El Gobierno está planteando en el proyecto de Reforma Tributaria, que las personas que tengan una renta entre $534.000 y $1.400.000 aproximadamente, podrán imputar un crédito a los impuestos personales, por los gastos en educación (colegiatura), con un tope de 50% del gasto anual, el cual no puede exceder de $ 200.000 anuales por hijo.
¿Quiénes serán realmente los beneficiados con esta medida? Todos aquellos que pagan impuestos personales, es decir, el 19% de los contribuyentes, porque ellos podrán imputar el crédito del gasto en educación a los impuestos personales. Este tipo de medida no contribuye al principio de equidad, principalmente vertical, que debe tener todo sistema tributario, pues en vez de subsidiar a los de menores ingresos, lo está haciendo con los de mayores rentas. Es más, a mayor renta mayor beneficio, porque los impuesto personales son crecientes y los gastos en educación también. Por ejemplo, una persona con una renta imponible de $ 500.000 mensuales y con dos hijos en un colegio que cancela al mes $ 9.000 por cada uno, no obtiene el beneficio del crédito, a pesar de haber gastado en educación, porque se encuentra en el tramo exento del impuesto. Otra persona que tiene una renta imponible mensual de $ 550.000 y tiene dos hijos en un colegio que cancela al mes $ 20.000 por cada uno, tendrá un beneficio de $8.444, que corresponde al impuesto del año, a pesar de haber cancelado $ 400.000 en el año en educación. Otra persona que tiene una renta imponible de $ 1.400.000 mensuales y tiene dos hijos en un colegio que cancela al mes $ 70.000 por cada uno, obtiene un beneficio de $400.000, que corresponde al tope de $200.000 por hijo, establecido en el proyecto.
La propuesta de la Reforma tributaria esta privilegiando a las personas de mayores rentas y, a la vez, esta incentivando la educación pagada, ya sea privada o subvencionada, lo cual es peligroso, porque contribuye a una segregación.
Iván Valenzuela Díaz
Decano Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
Universidad Católica de la Santísima Concepción