¿Cuándo debo declarar mis impuestos?


La Reforma Tributaria contemplada en la Ley 20.630 incorporó una serie de modificaciones que serán consideradas a contar de la declaración de renta 2013. Sin embargo, aún existen muchas inquietudes de quienes pueden y/o deben declarar.

Tales dudas apuntan al rumor de aprovechar los beneficios establecidos en esta Ley, como por ejemplo el beneficio educacional, no obstante sólo algunos contribuyentes pueden aprovecharlos: en la medida que sean el padre y/o la madre que obtengan una renta mensual superior a $540.000, o bien una renta anual superior a $6.513.372, y la suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no hayan excedido de $18.089.874, entre otros requisitos.

Otra de las novedades importantes a saber para este año es respecto de aquellos trabajadores que emitan boletas de honorarios o prestación de servicios, quienes debieron efectuar cotizaciones previsionales, de lo contrario parte de su devolución podría ser retenida para cubrir tales cotizaciones, sin embargo para el periodo tributario 2013 y 2014 podrán renunciar a este descuento mediante el envío de una declaración jurada antes de presentar su declaración de impuesto.

Son variadas las modificaciones que dicha Ley incorpora, por lo tanto, antes de declarar los impuestos, la recomendación en general, es en primer lugar revisar la información que aportan sus agentes retenedores y aclarar las diferencias de información que pudiesen existir, además de hacerse asesorar en estas materias con el fin de evitar contratiempos futuros tales como notificaciones o la retención de sus devoluciones de impuesto.

Cabe mencionar, que si envió previamente una declaración y posteriormente su información sufrió modificaciones, podrá aún enviar una nueva declaración prevaleciendo la última enviada.

fpilarFernando Pilar Cortés
Contador Auditor
Jefe de Carrera de Contador Auditor
Universidad Católica de la Santísima Concepción