En estas líneas pretendemos entregar a los consumidores del mercado financiero, información legal relevante que les permita adoptar una decisión de consumo mucho más informada y, en definitiva, más responsable, sobre todo, en estas fechas. Así, la Ley 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, ha sido objeto de variadas modificaciones, destacando la introducida por Ley 20.555, de diciembre de 2011, que pretende mejorar el acceso de los consumidores a la información que requieren para la toma de sus decisiones, dotando al Sernac de mayores atribuciones. Se quiere, también, que los contratos que se celebren sean simples y transparentes.
Es así que el consumidor tiene derecho a recibir la información del costo total del producto o servicio financiero que solicite, con indicación de todos los cargos y comisiones, unido al conocimiento de las condiciones objetivas establecidas por el proveedor para acceder a crédito financiero. Asimismo, a contar del 1 de julio de este año, rige el denominado “Sello Sernac”, otorgado por este organismo público a todos los bancos y demás instituciones financieras que lo soliciten y cumplan con las exigencias legales. Se pretende con esto dotar a los contratos que se celebren en este mercado de una especie de “presunción” que su contenido se ajusta a la ley, debiendo las empresas contar con un servicio de atención al cliente, para consultas y reclamos, debiendo permitirse a los consumidores el acceso a un mediador o árbitro financiero, en su caso, que resuelva las controversias que se susciten con los proveedores.
Como conclusión, el consumidor de servicios o productos financieros dispone de una serie de derechos que puede ejercer al momento de acceder a este mercado.
Por ello, a la hora de decidir en esta materia infórmese, con calma y buena letra.
Mauricio Ortiz Solorza
Profesor de Derecho Comercial
Universidad Católica de la Santísima Concepción