Académicos dictan charla sobre reorganización empresarial e insolvencia

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Encuentro contó con la participación de la profesora adjunta del Departamento de Práctica y Asistencia Legal UC, Gabriela Novoa, y del docente de la Facultad de Derecho UCSC y Coordinador de Práctica Profesional, Mauricio Ortiz.

Con el objetivo de dar respuesta a las inquietudes de la comunidad, entregando información básica sobre distintas temáticas, se llevó a cabo un nuevo encuentro del ciclo de charlas “Aspectos legales en tiempos de pandemia”, en el que se abordó la reorganización empresarial e insolvencia (ex quiebra).

En esta ocasión, la actividad contó con las exposiciones de la profesora adjunta del Departamento de Práctica y Asistencia Legal UC, Gabriela Novoa,  así como del docente de la Facultad de Derecho UCSC y Coordinador de Práctica Profesional, Mauricio Ortiz.

La académica de la UC inició su charla explicando el Estatuto PYME (Ley N° 20.416), destacando que este define por primera vez lo que es micro, pequeña y mediana empresa. Luego abordó las normas especiales sobre insolvencia, acerca de las cuales sostuvo que “estas normas se pueden aplicar en forma previa a un proceso concursal contenido en la ley de insolvencia y reemprendimiento”.

Asimismo, agregó que este estatuto regula legalmente lo que se llama la insolvencia eminente, que es cuando el deudor estima que fundadamente dentro de los tres meses siguientes se puede encontrar en un estado de insolvencia.

De igual modo, la profesional se refirió a elementos importantes de la norma como los asesores económicos de insolvencia y el certificado de insolvencia, para luego dar paso a la reorganización judicial, dando a conocer las definiciones más importantes que incluye la Ley N° 20.416, asociadas a ella.

Por su parte, el académico de la UCSC enfocó su exposición en la liquidación de la empresa deudora, abordando los efectos de la resolución de liquidación, la determinación del pasivo y el término del procedimiento de liquidación, entre otros aspectos.

“En general, esta es una ley de quiebra antigua remozada, con agregaciones y mejoramiento de aquellas instituciones que existían y, por supuesto, un poco más cercana y limítrofe con el derecho concursal comparado”, sostuvo Ortiz.

El docente agregó que este procedimiento de quiebra, a diferencia de la reorganización, puede ser iniciado por el propio deudor o por alguno de sus acreedores. Es decir, el deudor siempre tiene las dos opciones, reorganizarse o liquidarse. En cambio, el acreedor (o los acreedores) tiene una sola que es pedir la liquidación, distinguiéndose de este modo la liquidación forzosa de la liquidación voluntaria.

“Siempre existe la posibilidad de que el deudor que está en una situación de insolvencia se quiera acoger a una reorganización. Por otro lado, antes los procedimientos de quiebra se mantenían abiertos por décadas. Hoy tienen plazo, porque lo que el legislador quiere es que quien estuvo mal, pueda volver al mundo económico”, señaló el académico.

Cabe destacar que este ciclo de charlas, que se extenderá hasta el jueves 21 de enero próximo, es organizado por la Clínica Jurídica UC, el Programa de Formación Jurídica Derecho UC y el Centro Mi Pyme Cumple en conjunto con las clínicas jurídicas de las universidades: Católica del Norte, Católica de la Santísima Concepción y Católica de Temuco.

Se puede acceder a esta última charla en este link.